Si renuncio a mi trabajo ¿Qué me deben pagar?
Si un trabajador renuncia tiene derecho a que el empleador le pague las remuneraciones pendientes hasta la fecha de la renuncia y en principio además las vacaciones o feriado proporcional y excepcionalmente si renuncias te podrían pagar otras cosas, pero esto depende si está establecido así en un convenio colectivo.
El artículo 177 del código del trabajo establece que en caso de renuncia, el empleador debe proceder a liquidar las remuneraciones que están adeudadas al trabajador en un plazo no superior a 10 días hábiles.
Este plazo se cuenta desde la fecha de término del contrato y es importante que sepas que esta liquidación debe ser por escrito y debe ser entregada al trabajador al momento de su pago
¿Tengo derecho a indenmizaciones?
No, no tienes derecho a indemnizaciones concretamente, por eso es importante que lo pienses bien antes de renunciar, porque eventualmente podrías autodepespedirte, en este caso si cumples con los requisitos para poder hacerlo podrías obtener indemnizaciones.